El Juzgado Municipal de Faltas destaca la figura de inspector

“Aun hay gente que está sorprendida con algo tan básico como es exhibir los precios en su comercio con un cartel, pero esto también pasa porque Necochea no tuvo nunca inspectores hasta que asumió este gobierno”, aseveró el titular de dicho tribunal, Dr. Lucas Donato

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El titular del Juzgado Municipal de Faltas Nº 2, Dr. Lucas Donato, destacó el hecho de que la gestión del Dr. Facundo López haya incorporado la figura de inspector en la OMIC para que se ocupe de verificar en los comercios de la ciudad las ordenanzas municipales y leyes provinciales.

“Aun hay  gente que está sorprendida con algo tan básico como es exhibir los precios en su comercio con un cartel, pero esto también pasa porque Necochea no tuvo nunca inspectores hasta que asumió este gobierno, quien se hizo eco de los reclamos que tiene defensa al consumidor como órgano de control y de cuidado de los derechos del consumidor”, aseveró Donato.

Asimismo,  reconoció que “desde que tenemos inspector se realizan controles exhaustivos  en comercios del centro y en supermercados, dentro del programa Precios Cuidados y fuera, donde se constata que estén todos los precios de los productos en vidriera, en el interior del local y en las góndolas”.

Aseveró a su vez que dichos controles “son positivos”, para agregar que “muchas veces se escudan los comerciantes en que no conocen la normativa que data del año 83 y que dice que el precio debe estar exhibido dentro del local y en vidriera, lo que hace a la transparencia del mercado y a la defensa al consumidor para que el vecino pueda comparar precios sin tener que entrar a cada lugar”.

Sobre cómo se procede, explicó que “el relevamiento lo hace la OMIC, que establece las calles y los rubros a visitar todas las semanas, para que luego sea la inspectora la que haga el control”, y agregó inmediatamente que “en caso de incumplimiento se labra un acta de infracción donde se le informa al hasta ahí presunto infractor que tiene cinco días para presentar un descargo en la OMIC quien luego es la que eleva al Juzgado de Faltas para resolver la situación”.

“Si se constata infracción, el infractor debe abonar una multa, los gastos de notificación y la condena accesoria que establece la Ley de Defensa al Consumidor, de publicar la condena en el diario local”, subrayó más tarde,

Señaló que como respuesta, “el proveedor tiene 20 días para impugnarla, que debe hacerse con un abogado y a través de  una demanda que se presenta en el juzgado. Luego de 20 días, el tribunal  intima al infractor para que haga efectivo el pago de la sanción, para lo que tiene 10 días más de tolerancia, y si no cumple, se hace el titulo ejecutivo”.

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